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La justicia restaurativa, también llamada justicia reparadora o justicia compasiva, surgió en los años 70 y es una forma de entender la justicia atendiendo a las necesidades de las víctimas y los autores o responsables del delito. Se vertebra en base a una serie de premisas:

  • todo conflicto representa una oportunidad de aprendizaje;
  • el ser humano es más feliz cuando participa en el proceso y no es víctima de él;
  • la justicia debe centrarse en reparar los daños causados de forma que los ofensores asuman sus responsabilidades y los ofendidos tengan la opción de expresar sus sentimientos y emociones;
  • mejorar la convivencia implica “una buena forma de comunicación”.

Los Círculos Restaurativos, también llamados Círculos de la Paz, enfatizan la reparación y el aprendizaje a través de un proceso grupal y colectivo opuesto al castigo. Se trata de generar un marco estructural en el que construir relaciones y plantear conflictos dentro de una comunidad, generando espacios seguros, propiciando conexiones y ofreciendo (en el caso de su aplicación en entornos educativos) al profesorado una herramienta única de evaluación formativa.Cada Círculo conlleva un diálogo guiado por un adulto, y la norma es que quien tiene el turno de palabra sujeta un determinado objeto. En las aulas se pueden utilizar para generar cohesión de grupo, para discutir o presentar temas académicos, para resolver problemas temáticos en grupo de forma colaborativa o para resolver conflictos. Algunas de sus posibilidades son:

  • permite al alumnado participar activamente en la creación de un entorno seguro en su propia clase que genere refuerzos positivos;
  • da igualdad de oportunidades a todos los participantes para escuchar y aportar cosas, practicando habilidades sociales y emocionales;

Cuando los Círculos son restaurativos, en temas de mediación y resolución de conflictos, además de todo lo anterior, permiten que los participantes comprendan lo que ha pasado, expresen cómo les ha afectado, y puedan llegar a un acuerdo por escrito para reparar el daño y evitar que se vuelva a dar ese tipo de situación. Los acuerdos han de tener un seguimiento, y utilizarse como alternativa a las respuestas disciplinarias excluyentes.

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