Estamos acostumbrados a ver niños en las películas americanas que no van al colegio porque se educan en casa. En Estados Unidos es una práctica habitual y extendida, completamente legal y regulada, lo sabemos por las pelis. En realidad, la educación en casa está reconocida en la mayoría de los países de la Unión Europea (Irlanda, Portugal, Reino Unido y Gales, Francia, Bélgica, Flandes, Dinamarca, Italia, Austria), Norteamérica, Australia, Asia, o Latinoamérica, que poseen diferentes regulaciones para esta opción educativa.
Pero, ¿y en España? Ahora que estamos en plena vuelta al cole, unas cuantas pinceladas para responder a la pregunta.
En todas partes se afirma que hay un vacío legal en España respecto al Homeschooling, pero eso no es del todo cierto. En el artículo 4 de la LOE (Ley Orgánica de Educación) se especifica que entre los 6 y los 16 años está comprendida la educación básica, que se desarrolla en diez años de escolaridad. Sin embargo, la realidad es que es una práctica que se está dando, cada vez más, en nuestro país. De hecho, en los últimos tiempos empiezan a florecer asociaciones, plataformas y blogs al respecto. Dado que la educación depende de las Comunidades Autónomas, hay muchas diferencias de unas a otras: entre las fuentes de información sobre el Homeschooling en España se habla de Comunidades donde es mucho más fácil llevarlo a cabo, como la Comunidad de Madrid o Cataluña, por la inacción de las autoridades en los que respecta a su persecución y denuncia, mientras que Andalucía resalta como la más activa en su persecución. En términos punitivos, Javier Urra habla, al respecto de este tema, de una sentencia del Tribunal Constitucional, de 2010, así como de una circular de la fiscalía que advierte de que en casos de homeschooling podrá valorarse la retirada de la guarda y tutela, y, de persistir, de la patria potestad; en Andalucía ha habido precedentes de juicios por lo civil que siempre terminan en sentencias que obligan a la escolarización del menor.
Pero, más allá del punto de vista punitivo, el Homeschooling plantea algunos otros puntos a tener en cuenta.
Por una parte, desde las asociaciones y las plataformas de aconseja a las familias que lo practican crear un dossier que acredite el trabajo escolar y la evaluación de conocimientos que se van llevando a cabo. Este dossier tiene como objeto justificar que no hay un abandono en la educación del hijo, sino que se está siguiendo un método alternativo. Se trata de recopilar pruebas que demuestren que sí ha habido una preocupación y un seguimiento activo para la educación del menor, puesto que la figura que provoca la entrada de los Servicios Sociales y la Fiscalía de Menores es la de que el menor está en riesgo de desamparo por no estar escolarizado.
Otro punto importante es el de la socialización de los menores. Es importante buscar alternativas para evitar el aislamiento de los menores en relación con sus iguales. Para los niños esta socialización es imprescindible, tanto para su desarrollo social y afectivo, como para su conocimiento del mundo que nos rodea.
También hay que dedicar un tiempo a reflexionar sobre lo que pasará después de la escolarización básica con un niño educado en casa. Todo nuestro sistema de estudios y laboral está basado en unos títulos que no tiene. Desde las asociaciones y las páginas de Internet se ofrecen vías para solucionar este problema, tales como matricular a los niños en escuelas a distancia de Estados Unidos para luego convalidar los niveles académicos, examinarse de la ESO una vez alcanzados los 18 años (a través de las Escuelas de Adultos) y luego convalidar el bachillerato desde los estudios americanos; también se puede optar por vivir fuera (o al margen) de la burocracia y el sistema estandarizado. Son elecciones personales que es bueno tener en cuenta antes de que llegue el momento y de las que hay que ser conscientes.
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